La Corte determinó que el demandado incumplió la obligación de entregar la posesión tranquila e ininterrumpida de la cosa vendida, y lo condenó a indemnizar el daño emergente y el daño moral.
1 de enero de 2023
La Corte determinó que el demandado incumplió la obligación de entregar la posesión tranquila e ininterrumpida de la cosa vendida, y lo condenó a indemnizar el daño emergente y el daño moral.