Alegan infracciones a normas del Reglamento de Funcionamiento de los Órganos del Proceso Constitucional y al artículo 152 de la Constitución, vicio esencial que afectaría la deliberación democrática en el Consejo, en tanto afirman que sólo se puede aprobar o rechazar el texto propuesto, sin que éste pueda ser objeto de enmiendas por parte de los reclamantes.
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Y como puedo denunciar a la corte suprema ? por dictar un fallo en mi contra, basándose en un examen pericial que nunca existió de echo y tampoco forma parte de los expedientes.