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Reforma constitucional.

Iniciativa protege con fuero especial a invitados que no se encuentran obligados a asistir y que declaren en Comisiones Investigadoras de la Cámara de Diputados.

La moción expone que la Constitución, la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y el Reglamento de la Cámara de Diputados señalan que le corresponde a esa rama del Congreso fiscalizar los actos del gobierno, facultad que puede ejercer mediante la creación de comisiones especiales investigadoras a las que se encuentran obligados a concurrir los funcionarios públicos.

18 de octubre de 2008

La iniciativa, patrocinada por los diputados Alvarado, Arenas, Egaña, Estay, Hernández, Masferrer, Melero, Recondo, Von Mülehnbrock y Ward, propone reformar la Constitución para establecer que aquellas personas que no están obligadas a comparecer y presten declaración en una Comisión Investigadora gozarán de un fuero especial respecto de las expresiones y declaraciones que formulen en dicha sesión, solo en cuanto su testimonio diga relación directa con la materia investigada, con el objeto de resguardar su declaración y el éxito de la investigación.
La moción expone que la Constitución, la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y el Reglamento de la Cámara de Diputados señalan que le corresponde a esa rama del Congreso fiscalizar los actos del gobierno, facultad que puede ejercer mediante la creación de comisiones especiales investigadoras a las que se encuentran obligados a concurrir los funcionarios públicos. Pero respecto de los demás invitados, los que no están obligados a concurrir, siendo su testimonio imprescindible para la investigación, se hace necesario protegerlos con un fuero para fortalecer su independencia y asegurar el éxito de la función fiscalizadora.

Vea texto íntegro de la moción.

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