Diario Constitucional

Iniciativa motivada en el conflicto mapuche.

Senador propone reformar la Constitución e incorporar una disposición transitoria que le permita al Presidente de la República otorgar indultos particulares a personas que hubieren incurrido en delitos calificados como terroristas.

La Constitución establece en el numeral 14 de su artículo 32 que es atribución especial del Presidente de la República otorgar indultos particulares en los casos y formas que determine la ley. Por su parte, el artículo 9 de la Carta Fundamental dispone que respecto de los delitos terroristas no será procedente el indulto particular,…

Por Redacción·30 de septiembre de 2010·2 min de lectura
Senador propone reformar la Constitución e incorporar una disposición transitoria que le permita al Presidente de la República otorgar indultos particulares a personas que hubieren incurrido en delitos calificados como terroristas.
Referencial

La Constitución establece en el numeral 14 de su artículo 32 que es atribución especial del Presidente de la República otorgar indultos particulares en los casos y formas que determine la ley. Por su parte, el artículo 9 de la Carta Fundamental dispone que respecto de los delitos terroristas no será procedente el indulto particular, salvo para conmutar la pena de muerte por la de presidio perpetuo.

La moción, patrocinada por el Senador Bianchi, observa que el “país está atravesando hace varios meses una profunda crisis social que tiene a 34 comuneros mapuches en huelga de hambre”, quienes “están siendo juzgados por los Tribunales de Justicia bajo la acusación de haber cometido delitos calificados como terroristas”. Asimismo, expone que las diversas soluciones propuestas para poner fin al conflicto no han sido encontradas “debido a las complejidades jurídicas que –conlleva- reformar la ley sobre delitos terroristas”.

Con el fin generar una alternativa que termine con la huelga debiera arribarse a un acuerdo político que le permita al Presidente de la República, en forma excepcional, otorgar indultos particulares por los actos cometidos por los comuneros mapuches y que estos sean considerados como delitos comunes de incendio, propone el Senador Bianchi, para lo cual plantea incorporar a la Carta Fundamental, como una disposición transitoria, la siguiente: “Lo dispuesto en el artículo 9 de la Constitución, en cuanto a la no procedencia del indulto particular respecto a los delitos calificados como terroristas, no regirá para los hechos de violencia ocurridos entre el 1 enero de 2008 y el 30 de agosto de 2010, en las regiones VIII y IX, calificados como terroristas, cometidos por personas que tengan la calidad de indígena conforme al artículo 2° de la Ley Nº 19.253”.

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