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Imagen: bastondeoro.com
Ejecución concreta de las labores asignadas.

Corte Suprema del Reino Unido dictaminó que los trabajadores que realizan labores de cuidado en turnos de noche no tienen derecho al salario mínimo nacional.

La sentencia del Máximo Tribunal británico señaló que los trabajadores en turnos de noche, tienen derecho a que se computen sus horas para fines del SMN, sólo cuando estén “despiertos para fines del trabajo”.

16 de abril de 2021

La Corte Suprema del Reino Unido dictó sentencia en el caso “Tomlinson-Blake v. Royal Mencap Society”, en donde abordó la cuestión de si el personal que realiza turnos nocturnos en el sector de cuidados a terceros, como hogares de ancianos, cuidados o apoyo de crianza y guarderías, tienen derecho a que se le pague el Salario Mínima Nacional (SMN) durante toda la duración de esos turnos.

Los Hechos.

Entre otros servicios, Mencap brinda apoyo y atención a adultos vulnerables, en representación de las autoridades locales (especie de licitación). La reclamante fue empleada por Mencap como asistente de cuidados. Ella era parte de un equipo que trabajaba en una combinación de turnos diurnos y de noche en dos residenciales, brindando atención las 24 horas a las personas con dificultades cognitivas que vivían en ellas.

El Tribunal Laboral determinó que no se asignaron tareas específicas a la actora durante las “pernoctaciones”, no obstante, se vio obligada a permanecer en las residencias durante todo el turno, mantenerse alerta en caso que se necesitara su apoyo, y que interviniera de ser así. También, concluyó que la necesidad de intervenir era real, pero infrecuente: a la trabajadora sólo se le había pedido que se levantara en seis ocasiones durante los 16 meses anteriores a su despido. Evidencia que apoya lo anterior, era la necesidad manifestada por el empleador de que durmiera bien por la noche, ya que podría tener que trabajar al día siguiente.

La demandante recibió una retribución por todo el periodo que realizó turno de noche, más una hora de pago. En su libelo, reclamó el pago del SMN por la duración total de cada turno de noche.

La Sentencia.

La Corte Suprema confirmó que los trabajadores en turnos de noche, tienen derecho a que se computen sus horas para fines del SMN sólo cuando estén “despiertos para fines del trabajo”. Hizo hincapié en la distinción en la regulación laboral, entre realizar “el trabajo real o concreto” y estar “disponible para trabajar”: si el trabajador estaba (simplemente) disponible para trabajar, no podría decirse que estaba realizando un trabajo en el que se remunera por “hora trabajada”.

Al concluir así, el Tribunal Suprema inglés, anuló la influyente decisión en British Nursing Association v. Inlan Revenue, antecedente jurisprudencial del 2003, en donde la Corte de Apelaciones determinó que las personas en turno de noche se encuentran efectivamente trabajando, a pesar que el trabajo era intermitente y se les permitía dormir. También anuló la decisión del Tribunal Interno de Sesión, en Scottbridge Construction Ltd v. Wright, también del 2003, en el que se estableció que un nochero responsable de contestar el teléfono y ocuparse de las alarmas de seguridad se encuentra realizando sus labores durante todo el turno, incluso cuando era excepcional que no pudiera dormir con motivo de labores concretas del trabajo.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia (en inglés).

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