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Hasta el 20 de mayo.

Proyecto que despenaliza deudas en educación: fijan plazo para indicaciones.

La Sala del Senado respaldó con votación de mayoría la idea de legislar de la iniciativa que apunta a mejorar las condiciones de pago por deudas en educación. Además, se hicieron presente las dudas porque las normas del texto legal no serían interpretativas, sino que incidirían en facultades del Ejecutivo.

29 de abril de 2021

Por 25 a favor, 9 en contra y 3 abstenciones, la Sala respaldó la idea de legislar del proyecto que establece normas interpretativas con el fin de despenalizar las deudas en materia educacional, sean el Crédito con Garantía Estatal (CAE), el Fondo Solidario o el Crédito Corfo.

En la oportunidad, la Sala fijó además como plazo para realizar indicaciones hasta el 20 de mayo.

El proyecto que tuvo su origen en una moción de los senadores Yasna Provoste, Juan Ignacio Latorre, Francisco Chahuán y Carlos Montes, se funda en el análisis retrospectivo de la aplicación de la ley N° 20.027 que, en el año 2005, creó un sistema de financiamiento de la educación superior consistente en una serie de incentivos para que la banca privada gestionara los créditos necesarios para que el alumnado pueda pagar sus estudios, respecto de los cuales, el Estado otorgó su aval.

Durante el debate en Sala, algunos senadores hicieron presente la inquietud que surgió en la Comisión de Educación en cuanto a que “esta iniciativa no sería solo una norma interpretativa, sino que va más allá regulando normas que son propias de la iniciativa exclusiva del presidente de la República, toda vez que dicen relación con la administración financiera del Estado, según lo prevé el inciso tercero del artículo 65 de la Carta Fundamental”.

No obstante, los autores de la iniciativa plantearon que este proyecto ofrece propuestas de reforma legal que permiten un reconocimiento efectivo del derecho social a la educación, “poniendo término a una serie de situaciones que ponen a los estudiantes que han suscrito algún tipo de crédito para educación superior en situaciones de abuso e indefensión, especialmente, ahora que el país y el mundo enfrenta una pandemia”.

Al respecto, el senador Juan Ignacio Latorre dio cuenta del proyecto analizado en la Comisión de Educación y luego hicieron uso de la palabra los siguientes senadores y senadoras:

El senador Ruminot afirma que «pese a que es una iniciativa muy bien inspirada y aborda una realidad urgente. En lo formal tengo la convicción de que el proyecto es inadmisible».

A continuación, el legislador Chahuán enfatiza que «tenemos que hacernos cargo de los problemas de alto endeudamiento de las familias y hago un llamado a mi gobierno para buscar soluciones en forma proactiva».

Enseguida, el parlamentario Latorre sostiene que «este es un tema país del cual nos tenemos que hacer cargo». «Esta es una demanda social de cientos de miles de estudiantes que tenían que endeudarse en la banca para estudiar».

A su turno, el senador Navarro asegura que «la educación es un mecanismo de ascenso social y mérito democrático». Hoy el tema de fondo es qué vamos a hacer con 970 mil deudores y creo que se debe condonar el CAE».

Luego, el congresista Bianchi asegura que «si hay un tema prioritario en la Nueva Constitución es la educación. Han habido históricos abusos en esta área y la pregunta es dónde está el gobierno».

CONTENIDO Y NORMAS QUE SE MODIFICAN

1.- Interpreta la ley 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores con el objeto de establecer que esta normativa es aplicable a los contratos de créditos para financiar estudios de educación superior.

2.- Asimismo, se modifican las leyes 19.287 y 20.027(que crea el sistema de Crédito con Aval del Estado) con el objeto de terminar con una serie de condiciones que ponen a los estudiantes endeudados en situaciones de abuso e indefensión.

3.- Por último, se interpreta la ley 20.720 de reorganización y liquidación de empresas y personas con el objeto de establecer que las deudas adquiridas por estudiar en la educación superior pueden sujetarse a los procedimientos regulados por la citada norma.

 

Vea texto íntegro de la moción Rol Nº13053-04 , discusión y análisis Boletín Nº13053-04

 

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