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Recurso de protección rechazado.

Motivo por el que se niega matrícula a ex alumno del establecimiento está controvertido por lo que el recurso no puede prosperar, resuelve la Corte de Chillán.

Por una parte, se reconoció que fue retirado voluntariamente por los padres y por otra, se manifiesta que la matricula fue suspendida por haber portado un arma blanca en el liceo, cuya investigación se encuentra pendiente.

5 de febrero de 2023

La Corte de Chillán rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Liceo Polivalente Luis Cruz Martínez de la comuna de Quillón, por no haber admitido la matrícula de un ex alumno del establecimiento.

Los padres del adolescente exponen que, fue alumno regular del Liceo hasta agosto de 2022, mes en que decidieron retirarlo voluntariamente con el propósito de que sea reincorporado en marzo de 2023 a sugerencia de los docentes por problemas de conductas y amenazas de expulsión, sin embargo, en diciembre del año pasado, el establecimiento le negó la matricula.

En mérito de ello, estiman vulnerado el derecho a la educación y la integridad psíquica del adolescente, quien se encuentra angustiado frente a la posibilidad de quedar sin poder estudiar, ver a sus compañeros, desenvolverse en una comunidad educativa que era conocida por él, generando momentos de incertidumbre y soledad, por lo que solicita que sea matriculado.

El recurrido informó que “(…) el hecho de no admitir la matrícula del estudiante para el año escolar 2023, obedece específicamente a que está aún en curso una investigación interna, por falta gravísima de portar un arma blanca al interior del establecimiento, delito que fue denunciado al Ministerio Público, de modo que la decisión de no renovación de la matrícula se adoptó conforme al Reglamento de Convivencia Escolar, en cuanto es un deber del liceo garantizar el derecho a la integridad emocional y sicológica de todas y todos los estudiantes de la comunidad”.

La Corte de Chillán rechazó la acción de protección. Razona que, “(…) en esta sede cautelar no existe claridad respecto a si la negativa del Liceo recurrido en cuanto a permitir la matrícula del adolescente, denunciada como ilegal y arbitraria por los recurrentes, lo es respecto de un ex alumno, retirado voluntariamente por sus padres o corresponde a un alumno con una investigación pendiente, cuya matrícula en consecuencia se encontraría suspendida pero vigente.”

En mérito de ello, la Corte rechazó el recurso de protección en contra del liceo por falta de claridad respecto de la situación objeto del recurso y considerando que actualmente existe un reclamo en tramitación acerca de estos mismos hechos ante la Superintendencia de Educación, Dirección Regional de Ñuble.

 

Vea sentencia Corte de Chillán Rol N°152-2023.

 

 

 

 

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