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Imagen: elmorrocotudo.cl
Delito consumado de tráfico de estupefacientes y sustancias sicotrópicas en pequeñas cantidades.

TOP de Arica condena a 7 años y 184 días de presidio efectivo a autor de microtráfico en centro penitenciario de Acha.

El Tribunal aplicó, además, a Acuña Cortés las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 10 UTM.

21 de febrero de 2023

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a Ángel Mario Acuña Cortés a la pena de cumplimiento efectivo de 7 años y 184 días de presidio, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de estupefacientes y sustancias sicotrópicas en pequeñas cantidades. Ilícito perpetrado en junio del año pasado, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Acha.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, que aproximadamente a las 11 horas del 6 de junio de 2022, en el Complejo Penitenciario de Acha, ubicado en esta ciudad, el imputado Ángel Acuña Cortés, concurre a dicho lugar, llevando una encomienda para su hermano Cristofer Sebastián Acuña Cortés, que se encontraba interno en tal recinto en el módulo B-2, motivo por el cual el encartado va al sector de rayos X de dicho lugar y al dejar la encomienda para el análisis, fue sorprendido por  personal de Gendarmería, manteniendo elementos extraños en dicho paquete, motivo por el cual los funcionarios hacen el análisis manual de tales especies, percatándose que el acusado portó o guardó en dicha encomienda cuatro panes que mantenían mayonesa, carne y palta, envueltos en nylon transparente y oscuro, instante que vuelven a revisar tal encomienda por rayos X, determinando especies que mantenían características similares a sustancias estupefacientes.

Por lo que se informa al fiscal y al personal de la OS7 concurre a realizar el pesaje y prueba de campo de la droga, lo que fue corroborado por la pericial, arrojando la presencia de sustancias de cocaína clorhidrato con un peso neto de 5,20 gramos y un porcentaje de pureza del 83%; 6 envoltorios de nylon de color negro y un envoltorio de papel de color blanco contenedores de cocaína base, cuyo peso bruto es de 33,20 gramos y su pureza es de 34%, como 1 envoltorio de nylon transparente y un envoltorio de nylon de color negro, ambos contenedores de cannabis, los que arrojaron un peso neto de 18,30 gramos con un porcentaje de pureza de 100% y 49 comprimidos de clonazepam, razón por la cual se procedió a sus incautaciones, como asimismo, a la detención del imputado.

 

Vea sentencia Rol N°322 22

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