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Recurso de protección acogido.

Corte de Valparaíso ordena canal de TV no volver a transmitir y retirar programa basado en homicidio de profesor en Villa Alemana.

El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal del canal público al mantener en accesible el capítulo del programa Alma Negra “El crimen del profesor”,  sin contar con el consentimiento de los parientes de la víctima.

17 de agosto de 2023

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección interpuesto en contra de Televisión Nacional (TVN) y ordenó no volver a trasmitir y retirar de todas sus plataformas la serie basada en el caso del homicidio del profesor Nibaldo Villegas Gutiérrez. Ilícito perpetrado en agosto de 2018, en Villa Alemana.

Para la sala la emisión del programa afecta a los recurrentes, en particular a la hija del profesor, por lo que, a su respecto: (…) resulta plenamente aplicable la Ley N° 21.430, sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, que en su artículo 34, en lo pertinente, dispone:

‘Artículo 34.- Derecho a la honra, intimidad y propia imagen. Todo niño, niña y adolescente tiene derecho a su honra, intimidad, propia imagen y reputación. Estos derechos comprenden también la inviolabilidad del domicilio familiar y de la correspondencia, así como el derecho a reserva de las comunicaciones, incluidas las producidas a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

Toda persona, sea natural o jurídica, debe respetar estos derechos. Especial respeto deberán tener los medios de comunicación y los profesionales de la comunicación, en el desempeño de su rol y ejercicio de sus funciones (…)`.

La resolución agrega que, de la lectura de la norma que antecede aparece que la recurrente niña, víctima de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Código Procesal Penal, tiene derecho a que los medios de comunicación, como es el recurrido, respeten su honra, intimidad, propia imagen y reputación. Así también le prohíbe la exhibición y divulgación de toda información que pueda estigmatizar a un niño, niña o adolescente o afectar su imagen, honra o reputación, causarle menoscabo o dañar sus intereses.

Para el tribunal de alzada, la divulgación del programa, puede calificarse, para los efectos de esta sede como ilegal, toda vez que, la repetición por canales públicos de comunicación, de la historia que hizo sufrir a la hija de Nibaldo Villegas Gutiérrez, necesariamente aumenta el dolor que naturalmente le causa haber pedido a sus dos padres en circunstancias tan negativas. Entonces, cabe concluir que la acción de la recurrida, en el sentido de mantener en acceso al público el programa ‘Alma Negra’ inspirada en el crimen del ‘Profesor Nibaldo’, afecta la integridad psíquica de la niña, protegido en el N°1 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por lo que se ordenará su retiro del acceso al público.

 

Vea sentencia Rol Nº12.125-2023

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