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Imagen: infobae
Los derechos del niño y el principio de protección a la familia.

Caso Fornerón e Hija vs. Argentin: 11 años de incumplimiento.

La CorteIDH requirió a Argentina que realice los mayores esfuerzos para tipificar la compra y venta de niños y niñas, tomando el histórico caso «Fornerón». Desde hace más de un año, se encuentra en trámite ante el Congreso de la Nación un proyecto de ley.

4 de noviembre de 2023

El caso «Fornerón e Hija vs. Argentina» es emblemático. Se refiere a la guarda judicial y posterior adopción de Milagros, sin contar con el consentimiento de su padre biológico, Leonardo Fornerón, así como a la falta de establecimiento de un régimen de visitas y a la ausencia de una investigación penal efectiva sobre la supuesta “venta” de la niña al matrimonio de guarda.

Cabe recordar que el 16 de junio de 2000, Fornerón fue padre de Milagros junto a su entonces pareja Diana Enríquez. La madre entregó a la niña a un matrimonio de Buenos Aires un día después del parto y sin que él la pudiera conocer. La pelea de Fornerón data desde el mismísimo año 2000. Tuvo innumerables rechazos por parte de la Justicia argentina. El juez entrerriano Raúl Del Valle rechazó el pedido del padre en 2001 al argumentar que no tenía ningún tipo de relación con la madre biológica, que ambos no disponían de un pasar económico suficiente como para mantener a la niña.

Fornerón presentó una denuncia contra el Estado argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que fue luego elevada a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Corte Interamericana dictó sentencia el 27 de abril de 2012, considerando al Estado argentino responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial y al derecho a la protección a la familia establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en perjuicio del señor Fornerón y de su hija, y estableció una serie de medidas reparatorias.

Se estableció un régimen de visitas entre Fornerón y Milagros, se dispuso que hayan dos encuentros anuales, sin embargo, esa medida todavía no empezó a llevarse a cabo.

Pasaron 11 años de la decisión y la Corte IDH requirió a Argentina que realice los mayores esfuerzos para tipificar la compra y venta de niños y niñas. Desde hace más de un año, se encuentra en trámite ante el Congreso de la Nación un proyecto de ley que tiene ese fin.

El Tribunal constató así un incumplimiento estatal de la obligación de adoptar disposiciones de derecho interno, prevista en el artículo 2 de la Convención Americana, debido a que al momento de los hechos la “venta” de un niño o niña no estaba impedida o prohibida penalmente en Argentina, sino que se sancionaban otros supuestos de hecho, tales como el ocultamiento o supresión de la filiación.

La Corte destacó que “su aprobación por parte del Congreso de la Nación es fundamental para aprovechar los esfuerzos realizados hasta este momento y que pueden llegar a significar el cumplimiento total de esta reparación”.

 

Vea sentencia Corte IDH

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