En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió la acción de protección en contra del Banco de Chile y Armony Chile, por publicarse en la página web de Armony SpA, una deuda que el recurrente mantiene con aludida institución bancaria que se hizo exigible hace más de cinco años, lo que a su parecer estaría vulnerándose sus garantías constitucionales contenidas en los numerales 4 y 24 del Artículo 19 de la Carta Fundamental.
En su sentencia, la Corte advierte que, de los documentos acompañados por la recurrida, en especial de la escritura de cesión de derechos suscrita con la recurrida Recsa S.A, con fecha doce de diciembre de 2008, , se desprende que, Banco de Chile cedió́ créditos morosos a Recsa S.A., entre los cuales figuran deudas del recurrente. Se agrega enseguida que, habiéndose cedido los créditos cuya publicación se reclama, de la forma en que se menciona, no puede más que concluirse que el Banco Chile no ha tenido participación alguna en las actividades denunciadas, considerando además que en estrados el abogado recurrente se desistió́ del recurso interpuesto en su contra.
De ese modo, el fallo concluye señalando que, del mérito de los antecedentes, se desprende que las recurridas Recsa S.A. y Armony Spa, procedieron a publicar una deuda que adquirió́ el recurrido con Banco de Chile, hace más de cinco años, lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 19.628, resulta ilegal e improcedente, afectando así́ la garantía constitucional contenida en el numeral 4° del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº 7759-2016.
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