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Tribunal Constitucional Federal de Alemania.

Personal de salud está obligado a completar su esquema de vacunación o a presentar un certificado de contraindicación médica previo a ejercer funciones.

La interferencia en los derechos fundamentales del personal de salud está justificada por la protección de los grupos más vulnerables a la pandemia, lo que constituye un interés jurídico de mayor trascendencia que debe ser cautelado por el legislador, dado que está en riesgo el bien común.

6 de agosto de 2022

El Tribunal Constitucional Federal de Alemania desestimó un recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una serie de preceptos de la Ley de Protección Contra Infecciones (infektionsschutzgesetz-ifsg), que obliga al personal de salud a completar su esquema de vacunación o a presentar un certificado de contraindicación médica previo a ejercer funciones.

La acción fue interpuesta por personeros y organizaciones vinculadas al ámbito de la salud, quienes consideraron que las disposiciones impugnadas vulneran sus derechos a la autodeterminación, integridad física y libertad contractual. Además, afectarían el derecho de los ciudadanos a elegir libremente a su médico.

En sus consideraciones, el Tribunal Constitucional observa que la Constitución Federal permite interferir los derechos alegados por la recurrente, ya que las exigencias establecidas en los preceptos cuestionados armonizan con la protección a los grupos más vulnerables, a saber, las personas de tercera edad y los inmunodeprimidos. Este es el fin legítimo perseguido por el legislador.

La obligatoriedad de la vacunación, en el caso concreto, se fundamenta en que no existía una medida menos gravosa que interfiriera en menor grado los derechos de la recurrente. Indica también que el legislador tuvo cuidado de mantener un equilibrio de intereses entre los derechos individuales y colectivos, puesto que delimitó la interferencia a la protección de ciertos grupos y no a la totalidad de la población.

Continúa razonando que la situación actual no permite al legislador reconsiderar sus criterios, pues la situación sanitaria y la evidencia científica dan cuenta que la vacunación es el método más idóneo para proteger a la población.

En definitiva, el Tribunal concluye que “(…) la decisión legislativa de dar prioridad a la protección de los grupos vulnerables sobre la capacidad del individuo para tomar una decisión de vacunación totalmente libre se basa en un equilibrio de intereses que no es objetable bajo la ley constitucional. A pesar de la gran intensidad de la interferencia resultante, los intereses de los derechos fundamentales de los recurrentes tienen que retroceder”.

Al tenor de los hechos expuestos, el Tribunal Constitucional Federal resolvió desestimar el recurso de inconstitucionalidad.

 

Vea sentencia del Tribunal Constitucional Federal de Alemania.

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