
La cuestión se centra en un posible conflicto entre bienes jurídicos igualmente protegidos como son, por un lado, la Salud Pública, y, por otro lado, determinados derechos individuales constitucionalmente reconocidos
La cuestión se centra en un posible conflicto entre bienes jurídicos igualmente protegidos como son, por un lado, la Salud Pública, y, por otro lado, determinados derechos individuales constitucionalmente reconocidos
Pese a que las vacunas tampoco son obligatorias en menores, existen algunos precedentes en los que se ha recurrido a una orden judicial para que sí lo sea.
El Juzgado sevillano adujo que, por su edad, su situación pluripatológica y su estancia en un centro de mayores, dicha vacunación se configura como la única alternativa eficaz para la adecuada protección de su vida frente al riesgo real de desarrollar una enfermedad grave por Covid-19.
El alemán Andreas Kalcker, afirma que la acción del dióxido de cloro (usado como componente de soluciones desinfectantes industriales) ocurre cuando una persona lo consume y entonces la molécula (ClO2) se separa y libera oxígeno.
Permite que los trabajadores puedan seguir cuidando a sus hijos e hijas sin ver perjudicada su relación laboral.
Para determinar si una actividad particular se encuentra afecta a un «acto o declaración de autoridad competente» deberá estarse al cumplimiento copulativo de los requisitos regulados en el artículo 1° de Ley N°21.227.
Es necesario incluir la vacuna contra el COVID-19 dentro del Programa Nacional de Inmunizaciones, haciendo obligatoria su aplicación a todos los habitantes del país.
Esto, a propósito de solicitud del Intendente de la Región Metropolitana de Santiago, quien solicitó un pronunciamiento acerca de la posibilidad de suspender el plazo de prescripción del derecho a descanso compensatorio o prorrogar su vigencia.
En relación a la creación de un seguro de salud individual, de carácter obligatorio y de cargo del empleador, se trata de una propuesta compleja que requiere de mayor análisis, se afirma en la publicación.
En su sentencia, la Magistratura brasileña adujo que la pandemia del Covid-19 exige tomar decisiones coordinadas, sobre todo en un intento por resolver los inevitables conflictos federales, sociales y económicos existentes, la gravedad de la situación vivida requiere la toma de medidas coordinadas encaminadas al bien común.
La sentencia concluye que, en términos de razonabilidad y proporcionalidad, la medida se ajusta completamente a éstas, ya que su implementación se justifica o se ampara en la protección colectiva de la salud.