Cartas al Director

El delito de pertenencia.

Humberto Julio Reyes

28 de diciembre de 2023


Se supone que cuando uno lleva ya muchos años a la espalda, nada debiera sorprendernos, sin embargo, nuestro creativo poder judicial, siempre nos depara una que otra sorpresa, ingrata naturalmente.

De un tiempo a esta parte, el activismo judicial es cada vez más notorio, de moda por el tema de las isapres que arriesgan su extinción, con todo lo que ello significa, pero, más a menudo en causas denominadas habitualmente como de derechos humanos.

En este último caso, el punto de inflexión se produjo hace veinte años y como producto de la llamada mesa de diálogo, donde se acordaron diversas formas de facilitar la investigación de los tribunales y establecer justicia, verdad y reparación.

Ello condujo, entre otros atropellos del debido proceso, a la reapertura de causas donde ya existía sentencia ejecutoriada y a otras novedosas formas de condenar a toda costa, como la teoría del secuestro permanente.

En el intertanto se aprobó una reforma procesal penal que, vigente hace ya cerca de los mismos veinte años, no se aplica en estas causas, permitiendo que los ministros de fuero orienten su investigación a condenar a todo evento.

Inicialmente las instancias superiores habitualmente morigeraban los excesos de los ministros de fuero, ya que aún había jueces que aplicaban la ley vigente pero, progresivamente, se ha impuesto el activismo judicial en la forma de prevaricar que distingue a la segunda sala (penal) de la Corte Suprema.

Esta instancia definitiva falla por unanimidad aplicando las más duras penas, aumentando las originales o desconociendo fallos absolutorios de las instancias previas.

Basta revisar la página del poder judicial para comprobarlo.

La cercanía del fin de año y el previsto cambio en su composición parecen haber sido incentivos adicionales para actuar con el máximo rigor, condenando a organizaciones completas a pretexto que cualquiera que las integrara “no podía desconocer” cualquier cosa que en ellas hubiera sucedido.

Para no ser menos, un ministro de fuero, después de reabrir una antigua causa, ha dictado diversas condenas siguiendo una línea similar, llegando al extremo de condenar a todos los oficiales que servían en un regimiento en 1973 y que aún sobreviven, pese a que al respecto ya existe sentencia ejecutoriada sobre los hechos investigados, toda vez que en su momento el responsable fue plenamente identificado y sometido a proceso.

Huelga decir que las penas son altísimas, garantizando que, habiendo ya sobrepasado el inicio de la tercera edad, todos terminarán esta vida en prisión.

Sin embargo, hace 50 años, eran jóvenes con muy poca experiencia y que, en consecuencia, no eran quienes daban las órdenes en su regimiento. Pero, como pertenecían, eso le basta al creativo ministro para condenarlos.

¿Será una forma de imponer una pena colectiva que afecte a la unidad en su conjunto para que, a futuro, otro creativo tribunal disponga su disolución a título de no afectar algún derecho?

¡Y qué decir de la extradición concedida en fecha reciente para que otros dos condenados terminen sus días en una prisión italiana!

Todo un regalo de Navidad para ellos y sus familias.

 

Humberto Julio Reyes

 

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