Cartas al Director

Justicia civil pronta y debida: con la vista puesta en la tutela judicial efectiva.

Prof. Diego Palomo Vélez

23 de julio de 2023


La efectividad de la justicia civil es un componente esencial de su propio concepto, pues implica la plenitud de garantías procesales. Sin embargo, para ser verdaderamente efectiva, la justicia civil debe también responder de manera más pronta y cercana en el tiempo a las demandas de tutela, además de poseer una mayor capacidad de transformación real de las situaciones en conflicto.

La garantía de acceso a una justicia civil efectiva es un derecho humano fundamental. Implica que todas las personas, sin importar su posición social o económica, tengan igualdad de oportunidades para acceder a los tribunales y hacer valer sus derechos. Este acceso no puede ser simplemente teórico; debe ser real y efectivo. La justicia civil efectiva no solo consiste en la posibilidad de presentar una demanda, sino también en obtener una respuesta pronta y adecuada.

Para lograr una justicia civil más pronta, es crucial abordar las causas que generan la congestión y demoras en los tribunales. Esto implica fortalecer la infraestructura judicial, optimizar los procesos y utilizar tecnología para agilizar la gestión de casos. Además, se requiere contar con un número suficiente de jueces y personal capacitado para garantizar la prontitud en la resolución de los conflictos legales.

La cercanía en el tiempo de la respuesta judicial es vital para la efectividad de la justicia civil. Los largos periodos de espera para obtener una sentencia pueden desalentar a las personas y erosionar la confianza en el sistema judicial. Una justicia más pronta no solo beneficia a las partes involucradas en el conflicto, sino también a la sociedad en su conjunto, ya que contribuye a la estabilidad social y al fortalecimiento del Estado de derecho.

Además de la prontitud, la justicia civil efectiva debe tener la capacidad de transformar real y sustancialmente las situaciones en conflicto. No es suficiente con emitir sentencias, sino que estas deben tener un impacto concreto en la vida de las personas y en la solución de los problemas planteados. La justicia no debe limitarse a resolver disputas, sino que también debe promover la igualdad, la equidad y la protección de los derechos fundamentales.

Para lograr una mayor capacidad de transformación, es necesario que las sentencias judiciales sean claras, precisas y ejecutables. Deben contar con mecanismos efectivos para hacer cumplir lo resuelto, asegurando así que las decisiones judiciales no queden en el papel, sino que se materialicen en la realidad. Se deben contemplar, con carácter complementario (y no principal) el uso de métodos alternativos de resolución de conflictos, como la mediación, que en algunos asuntos pueden ser más ágiles y flexibles en su implementación.

En definitiva, la justicia pronta y debida implica siempre una doble dimensión. Por un lado, requiere plenitud de garantías procesales para asegurar el acceso a la justicia de todas las personas. Por otro, exige una respuesta judicial más rápida y cercana en el tiempo a las demandas de tutela, con la capacidad de transformar de manera real las situaciones en conflicto.

Solo cuando se logre esta combinación, estaremos en presencia de una justicia civil efectiva y verdaderamente al servicio de la sociedad.

 

Prof. Diego Palomo Vélez
Universidad de Talca
Facultad de Cs. Jurídicas y Sociales

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  1. Completamente de acuerdo. Sería de interés que una nueva Constitución establezca claramente el derecho a la tutela judicial efectiva; que se precise que ella lleva de suyo la función cautelar; y que el rol de la Corte Suprema incida en la corrección de las soluciones de los casos, no solo en esa pura “igualdad” teórica de lo procesal laboral en que el máximo tribunal, el más capacitado del país, deviene en inútil ausencia. Pero nada de eso está en el Anteproyecto de la Comisión Experta. Entiendo que tampoco en las Indicaciones.