Cartas al Director

Nuevo proceso constituyente: hacia un pacto social enriquecido.

José Albuccó

4 de mayo de 2023


A pesar de que las elecciones de consejeros constitucionales no han despertado demasiado interés ciudadano y no se vive un clima electoral de alta expectación, muchos de quienes transitamos cotidianamente por la calles del país o nos conectamos en cierto horario del día con la caja de imágenes en movimiento llamada televisión, nos hemos planteado una pregunta: “¿qué debemos expresar con nuestro voto este domingo?”.

Para dar una respuesta es necesario entender qué resultados esperamos de este proceso, que se abrió formalmente el pasado 17 de enero, cuando se publicó en el Diario Oficial la reforma constitucional que estableció un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política de la República, habilitando legalmente esta segunda oportunidad de contar con una carta magna nacida en democracia.

Como señala la Secretaría Ejecutiva de Participación Ciudadana de este proceso, los momentos constituyentes son clave en la vida política de las sociedades, en tanto implican redefinir el pacto social que funda la convivencia democrática a través de la elaboración de una Constitución.

Hace 75 años, por medio de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las naciones del mundo adoptaron el compromiso de fomentar los derechos humanos y libertades sin distinción de sexo, raza, idioma y religión. Desde entonces se han puesto en marcha numerosos mecanismos y leyes, a nivel internacional, nacional y regional, para asegurar que dichos derechos y libertades llegan de manera efectiva a la población.

De esta forma, los países han formalizado e institucionalizado tres grandes oleadas de reconocimiento social de los derechos humanos que se produjeron en distintas etapas históricas de la humanidad. La primera generación corresponde a los derechos de carácter civil y político y tienen un alcance individual, surgiendo al alero de la revolución francesa y la independencia de Estados Unidos, a fines del siglo 18. Imponen al Estado la protección de ciertas libertades ciudadanas, como del derecho a la vida, la integridad física, la igualdad ante la ley, entre otras. Posteriormente, emergen los derechos de segunda generación, que son de cariz económico, social y cultural, y están fundamentados en una concepción del Estado como un agente que tienen el deber de asegurar condiciones materiales para una adecuada calidad de vida de sus ciudadanos, considerándose el derecho a la salud, a la educación y la cultura, al trabajo digno, a la seguridad social, a la sindicalización, por nombrar algunos. Por último, con el transcurso del siglo XX se conceptualizaron los derechos colectivos o de la solidaridad, cuyo sujeto no es un individuo sino que grupos o colectivos sociales. Se suele incluir en esta categoría el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, los derechos de los consumidores o el derecho a la identidad y memoria colectiva.

Así, se ha ido estableciendo un entramado jurídico y valórico reconocido internacionalmente, el que debiera constituir, en términos de contenido, el piso mínimo de la propuesta constitucional que se pondrá a disposición de los y las ciudadanas para su ratificación en diciembre de este año a través de un plebiscito.

Con este horizonte en mente, las personas que elaborarán el nuevo texto constitucional deben asumir funciones de liderazgo; saber escuchar, hablar menos y oír las voces de los ámbitos de la ciencia, la tecnología, el derecho, la educación y las artes. De este modo, será posible culminar este nuevo momento constituyente con un pacto social enriquecido, que sintonice con nuestros procesos psicosociales y culturales más profundos y estratégicos como país, alejándose de consignas superficiales y propagandísticas que usualmente se toman la palestra pública en estos días de campaña electoral.

 

José Albuccó

Académico Universidad Católica Silva Henríquez

Creador del blog Patrimonio y Arte

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