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En el plazo de 45 días.

Aprueban en general iniciativa que obliga a entidades crediticias costear y tramitar alzamiento de hipotecas.

Corresponde ahora que los parlamentarios presenten las indicaciones que estimen pertinentes, para que posteriormente la iniciativa sea analizada por la Comisión de Economía del Senado.

8 de mayo de 2015

La Sala del Senado aprobó en general –con 31 votos a favor- el proyecto de ley que regula el alzamiento de hipotecas que caucionen créditos hipotecarios.

Al efecto, cabe recordar que la iniciativa propone otorgar una herramienta efectiva que facilite a los deudores hipotecarios que han cumplido sus obligaciones disponer de sus inmuebles, sin necesidad de realizar trámites adicionales al pago total del crédito, para lo cual se impone a las entidades que hubiesen otorgado un crédito con garantía hipotecaria el deber de realizar todos los trámites para el alzamiento de la hipoteca, una vez pagada totalmente la deuda, liberando así al consumidor de una carga pecuniaria y de tiempo.

Asimismo, la moción establece que el trámite referido, deberá efectuarse dentro del plazo de 45 días de extinguida la deuda, salvo que el consumidor manifieste por escrito al proveedor su voluntad de mantener vigente la hipoteca, sin que la entidad financiera pueda condicionar el otorgamiento de otro producto o servicio al mantenimiento de esta garantía.

Finalmente, los senadores concordaron en la idea de presentar “mejoramientos” al proyecto con el objeto de aclarar los plazos y poder abril el sistema a otro tipo de alzamientos crediticios.

Corresponde ahora que los parlamentarios presenten las indicaciones que estimen pertinentes, para que posteriormente la iniciativa sea analizada por la Comisión de Economía del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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