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Hasta tres meses.

Proponen extender responsabilidad administrativa de funcionarios públicos con posterioridad a su renuncia.

Corresponde ahora que la moción sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

30 de junio de 2015

La moción de los diputados Ceroni, Saffirio y Soto, expone que el principio de probidad administrativa constituye un principio rector que inspira el funcionamiento de los órganos del Estado, en aras del bien común.

Observa luego que tal es la importancia que actualmente reviste dicho principio orientador de la función pública, que el Constituyente derivado de 2005, mediante la reforma Constitucional de la Ley Nº 20.050, lo consagró en el artículo 8°, capítulo I de la Constitución Política de la República, sobre las Bases de la Institucionalidad.

En ese sentido, y con el objeto de evitar o precaver situaciones en que algún funcionario público, al advertir la posibilidad de ser objeto de algún sumario administrativo, con las consiguientes medidas disciplinarias que puede acarrear, decida renunciar a fin de extinguir su responsabilidad administrativa, el proyecto de ley propone modificar la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, estableciendo la posibilidad de hacer efectiva la responsabilidad administrativa de los funcionarios públicos, después de haber renunciado a su cargo, hasta por tres meses contados desde que el decreto que la acepte concluya su tramitación.

Corresponde ahora que la moción sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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