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Modifica el Código del Trabajo.

Mensaje propone crear seguro para que trabajadores acompañen a hijos que padecen una grave enfermedad.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado.

10 de julio de 2017

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que los padres y las madres trabajadores de Chile se ven enfrentados a la difícil realidad de no poder ausentarse de sus trabajos en situaciones en que necesitan cuidar a un hijo o hija menor de edad, afectado por una condición grave de salud. Ante un hecho como éste, los padres se exponen a la innecesaria disyuntiva de continuar trabajando para evitar caídas aún más dramáticas en los ingresos familiares, o bien renunciar a sus empleos para poder entregarle una adecuada atención, acompañamiento o cuidado personal a su hijo o hija.

Observa luego que la legislación laboral vigente en el país no se hace cargo adecuadamente de este tipo de situaciones. Por una parte, los permisos de cuidado vigentes son un derecho solo para las madres trabajadoras, quienes tienen la opción de traspasarlos a los padres cuando ellas lo dispongan. Por otra, cuando los niños y niñas son menores de dieciocho años de edad, la madre trabajadora sólo puede ausentarse por hasta el equivalente a diez jornadas ordinarias de trabajo al año, periodo de tiempo que no es suficiente en muchos casos de alta complejidad médica. Además, no se establece ningún mecanismo de compensación económica o subsidio para los trabajadores por los días que debieron ausentarse para hacerse cargo del cuidado de sus hijos e hijas.

En comparación, indica la iniciativa, la mayoría de los países de la OCDE cuenta con alguna forma de permiso para que los trabajadores puedan ausentarse de sus trabajos para cuidar a un hijo o hija menor de edad enfermo. Si bien los detalles de éstos varían ampliamente entre países, en general, se encuentran permisos de corta duración que pueden ser usados por los padres para enfrentar una condición de salud de menor gravedad, y permisos para que los padres puedan cuidar a sus hijos en casos de enfrentar una condición grave de salud. En este último caso, los permisos se entregan respecto a un diagnóstico o "por episodio", por periodos que varían entre dos y seis meses, y son compensados económicamente cubriendo parte de las remuneraciones de los trabajadores.

Se sostiene luego que la evidencia muestra que los permisos laborales tienen beneficios concretos no sólo para los padres y madres trabajadores y sus hijos e hijas, sino también para los empleadores y la economía como un todo. Por un lado, la recuperación de los niños y niñas afectados por una condición grave de salud es más rápida cuando reciben el cuidado personal de sus padres, incluso la simple presencia de uno de ellos puede acortar la estadía en un centro de salud en más de un treinta por ciento. Más aun, un involucramiento más activo de los padres puede disminuir la necesidad y los costos de futuras atenciones médicas en la medida que los padres, entre otros aspectos, aprenden a reconocer mejor los requerimientos de atención de salud de sus hijos. Por otra parte, los permisos laborales pagados tienen efectos positivos también en el empleo. Fomentan que los trabajadores se mantengan conectados con sus fuentes de trabajo y que se produzca una más pronta reinserción laboral. En el caso de las mujeres, donde su efecto se ha estudiado profusamente respecto a los permisos maternales, los permisos parentales que le entregan a madres y padres equitativamente el derecho de ausentarse para cuidar a sus hijos e hijas, contribuyen además a reducir la discriminación laboral en contra de las mujeres y la brecha salarial. Además, el hecho de contar con un permiso que justifique la ausencia laboral para el cuidado personal de niños y niñas, tanto para madres como para padres, aumenta también la corresponsabilidad. Que los padres participen en el cuidado de los hijos e hijas tiene efectos positivos, relevantes y duraderos en los niños desarrollan una mayor capacidad cognitiva, lingüística y emocional, además de gozar de mejor salud física y síquica. En tanto, las madres también se benefician, en la medida que se produce una repartición más equitativa de las labores de cuidado, ya que pueden salir menos o por periodos más cortos del mercado laboral. Períodos largos de ausentismo laboral tienen un impacto negativo en las remuneraciones y en las trayectorias laborales de las mujeres. Para los empleadores, en tanto, tiene un costo que los trabajadores se ausenten de sus empleos, sobre todo cuando estas ausencias se producen de forma inesperada y no se tiene certeza respecto al momento en que el trabajador retomara sus funciones. En este sentido, para los empleadores es mejor evitarse el costo de reemplazar a un trabajador y al mismo tiempo tener certeza de la oportunidad y la extensión del permiso de que harán uso y, de esta forma, adoptar los resguardos necesarios dentro de la empresa. Con eso, se evita dejar de entregar un servicio o atender a algún cliente por falta de personal o interrumpir turnos de trabajo y sistemas de producción en cadena, con el consiguiente impacto negativo en la capacidad productiva de la empresa. Por último, desde el punto de vista de la productividad laboral, un padre o una madre que enfrenta una situación tan dramática como el diagnóstico de cáncer de un hijo, el desahucio de este o un accidente que lo tenga al borde de la muerte, difícilmente podrá seguir cumpliendo sus obligaciones laborales en forma eficaz. Contar con una herramienta que reconozca esta realidad no sólo avanza en la necesaria compatibilidad entre la vida familiar y laboral, sino también evita pérdidas relevantes de la productividad laboral en las empresas y en la economía como un todo.

El objetivo de este proyecto de ley es permitir que el padre y la madre, que tengan la condición de trabajadores, puedan prestar atención, acompañamiento o cuidado personal a sus hijos e hijas menores de edad, cuando estén afectados por una condición grave de salud, durante el periodo de tratamiento o recuperación o en la fase final de una condición terminal. Para ello se crea un seguro obligatorio que beneficie a las madres y padres trabajadores de hijos e hijas mayores de un año y menores de quince o dieciocho años de edad, según corresponda, afectados por una condición grave de salud. Los padres podrán ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado, para lo cual se extiende una licencia médica. Durante este periodo de tiempo el trabajador o trabajadora recibe un subsidio que reemplaza su remuneración mensual, financiada con cargo al seguro. En segundo término, este proyecto de ley se hace cargo de enfrentar el desafío de garantizar el mejor cuidado de los hijos, pero sin reducir las opciones laborales de los trabajadores, especialmente de las mujeres. Para ello se crea un permiso intransferible a cada trabajador y se establece una tasa de reemplazo que decae a medida que el número de días con licencia aumenta. Asimismo, a los padres que no pueden dejar completamente sus trabajos, se les permite ausentarse por medias jornadas dándoles la flexibilidad que requieren para adecuar su horario laboral. Con esto se separa el costo del cuidado de los hijos e hijas de la contratación de mujeres y se fomenta una mayor corresponsabilidad en el cuidado de ellos.

En último término, concluye el mensaje, este seguro constituye una medida que se inserta en el fortalecimiento y ampliación del Sistema de Protección Social. El país, en su conjunto y en forma solidaria, se hace cargo de contingencias que las personas por si solas no son capaces de enfrentar sin afectar significativamente sus condiciones objetivas de bienestar. Se trata de contingencias con una baja probabilidad de ocurrencia pero que de presentarse afectan las trayectorias de vida de las personas y de sus familias.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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