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Ley N° 21.562. Modifica Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, con el objeto de establecer restricciones a la evaluación de proyectos en zonas declaradas latentes o saturadas.

Publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo.

La norma responde al excesivo tiempo que media entre que una zona es declarada saturada o latente y la dictación del plan de manejo, considerando que es factible que, en el intertanto, nuevos proyectos de alto impacto puedan instalarse en la zona. Por ello, tiene como finalidad acortar el tiempo entre que una zona es declarada saturada y se elabora el plan de descontaminación.

La ley exige el ingreso mediante Estudio de Impacto Ambiental a los proyectos con impacto significativo que quieran entrar a la zona. Además, se establece que se podrá poner término anticipado al procedimiento de evaluación cuando se genera un impacto crítico.

Por impacto crítico se entiende una alteración del medio ambiente, en especial a la salud y/o los componentes ambientales, provocada, directa o indirectamente, por un proyecto o actividad que no puede ser mitigada, reparada o compensada adecuadamente. Ello, de acuerdo al decreto que declare la zona como latente o saturada.

Dispone que, una vez declarada una zona como latente o saturada, mediante resolución suscrita por el Ministro del Medio Ambiente, se podrán adoptar fundadamente, medidas provisionales de acuerdo a lo señalado en el artículo 32 de la ley N° 19.880, en conformidad con los antecedentes considerados en el proceso de elaboración de la norma que declara la zona como latente o saturada. Dichas medidas podrán mantenerse hasta la dictación del respectivo plan de prevención o descontaminación. Las medidas provisionales establecidas se extinguirán una vez publicado en el Diario Oficial el decreto que establezca el plan de prevención o descontaminación, por el solo ministerio de la ley.

Asimismo, el ministerio podrá implementar medidas provisionales, adelantando medidas que, luego, se pueden implementar en el plan de descontaminación.

Por último se establece el deber de proyectos nuevos de compensar el aumento de emisiones según el rango establecido en la declaratoria de zona saturada o de latencia.

 

Diario Oficial

Ley N°21.562

Historia de la Ley