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Ley N° 21.583. Interpreta el artículo cuadragésimo segundo transitorio de la Ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, con el objeto de proteger los ingresos de los trabajadores que indica traspasados a los Servicios Locales de Educación Pública.

Publicada en el Diario Oficial el 08 de julio.

La norma establece que los trabajadores asistentes de la educación, al momento de ser traspasados a los establecimientos educacionales de los Servicios Locales de Educación Pública, mantendrán todas y cada una de las asignaciones que recibían, siempre que se hayan pactado, al menos, con seis meses de antelación al traspaso. Para esto, establece que se fijará el monto total de la suma de las asignaciones de cada trabajador, con independencia de la naturaleza de las mismas, a fin de establecer una planilla complementaria que se pagará a partir del traspaso.

 

Diario Oficial

Ley N°21.583

Historia de la ley