Leyes

Ley N°21.588. Suspende excepcionalmente la declaración de caducidad del Registro Pesquero Artesanal.

Publicada en el Diario Oficial el 24 de julio

La ley tiene como fin mitigar las consecuencias económicas y sociales sufridas por el sector a causa del Covid, con el fin de atenuar los efectos adversos que provocó la interrupción de sus actividades, con el fin de retomar el normal funcionamiento de las instituciones. En esa línea, la norma suspende la declaración de caducidad de la inscripción en el Registro Pesquero Artesanal establecido en la Ley de Pesca hasta el 31 de diciembre de 2024, excluyendo causales de infracciones graves y delictivas.

Junto a la suspensión de la caducidad, la norma establece otras medidas; entre ellas, que, si un armador artesanal no paga la patente pesquera, la caducidad se suspenderá hasta el 31 de diciembre de 2023. De esta forma, la medida que dispone la presente ley, permitirá que en el año 2025, se reúna toda la información relativa a la realización de actividades de la pesca artesanal, y la documentación, extendida por la autoridad marítima, para los tres años anteriores (2024, 2023 y 2022).

 

Diario Oficial

Ley N°21.588

Historia de la Ley