Leyes

Ley número 21.577. Fortalece la persecución de los delitos de delincuencia organizada, establece técnicas especiales para su investigación y robustece comiso de ganancias.

Publicada en el Diario Oficial el 15 de junio.

La norma fortalece la persecución de los delitos de delincuencia organizada, establece técnicas especiales para su investigación y robustece comisos de ganancias.

En primer lugar, modifica el Código Penal y establece que toda sentencia condenatoria en materia criminal lleva consigo el comiso de las ganancias provenientes del delito cuando las hubiere. Por el comiso de ganancias se priva a una persona de activos patrimoniales cuyo valor corresponda a la cuantía de las ganancias obtenidas a través del delito, o bien para o por perpetrar, y se los transfiere a la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

Establece que se impondrá el comiso de toda cosa que haya sido empleada como instrumento en la perpetración de un delito y sea especialmente apta para ser empleada delictivamente. Se entenderá que son especialmente aptas para ser utilizadas delictivamente, en todo caso, aquellas cosas cuya tenencia o porte se encuentra en general prohibida por la ley.

En segundo lugar, modifica el Código Procesal Penal, estableciendo que cuando existan fundadas sospechas basadas en hechos determinados y ello sea útil para la investigación, el Ministerio Público podrá requerir a cualquier proveedor de servicios, previa autorización judicial, que entregue la información que tenga almacenada relativa al tráfico de llamadas telefónicas, de envíos de correspondencia o de tráfico de datos en internet de sus abonados, referida al período de tiempo determinado en la resolución judicial.

Diario Oficial

Ley N°21577

Historia de la Ley