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Resolución exenta N°276, de 2023. Fija porcentaje máximo de ajuste que las Instituciones de Salud Previsional deberán considerar en las adecuaciones de precios de los planes de salud.

Publicado en el Diario Oficial el día 09 de marzo

La resolución resuelve fijar en 2,6% el porcentaje máximo que las Instituciones de Salud Previsional deberán considerar al momento de decidir el ajuste de los precios base de los planes de salud. Además, establece 15 días corridos, a contar de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial, el plazo máximo que tendrán las ISAPRES para informar a esta Superintendencia de Salud su decisión de ajustar o no los precios de los planes de salud y, en caso de hacerlo, el porcentaje específico que aplicarán.

Vea Resolución exenta número 276, de 2023, que fija porcentaje máximo de ajuste que las Instituciones de Salud Previsional deberán considerar en las adecuaciones de precios de los planes de salud.