Abuso de derecho

Propietario debe reubicar aparato de climatización por ruidos molestos, resuelve un tribunal español: su derecho de propiedad no tiene preeminencia frente al derecho al descanso de sus vecinos.

Las condiciones de funcionamiento del aparato climatizador resultan incompatibles con el cumplimiento de las normas comunitarias, y ello con independencia de que el mismo se encuentre dentro de la propiedad de la demandada, pues si bien en principio el propietario podrá usar su piso según le convenga, la propiedad no es un derecho absoluto pues tiene limitaciones, constituyendo regla fundamental que la propiedad no puede llegar más allá de lo que el respeto al vecino determina.

19 de octubre de 2023