Asignación de experiencia

Acción para exigir el pago de la “asignación de experiencia” para el personal paradocente prescribe en el plazo de dos años, resuelve la Corte Suprema.

Pese a no estar regulada por el Código del Trabajo, el pago de la asignación se entiende integrada por su naturaleza a éste al constituirse como un aumento permanente a la remuneración del trabajador, por lo tanto, la acción para exigir su pago prescribe en el plazo de 2 años establecido en el artículo 510 del Código del Trabajo, y no según las reglas del derecho común.

8 de noviembre de 2023