Sin una limitación de tiempo, a diferencia de los condenados por prácticas antisindicales o infracciones a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, para que quede de manifiesto en nuestra legislación la gravedad de los actos de corrupción, de atentar contra los recursos fiscales y contribuir así a establecer sanciones ejemplares en ese sentido.
15 de agosto de 2023