Causa anterior

No procede el “abono heterogéneo” si la causa anterior en la que se mantuvo privado de libertad al imputado quedó afinada antes de la perpetración del delito que dio origen a la condena que actualmente cumple.

Se puede abonar el tiempo que se ha permanecido privado de libertad en otra causa, siempre que se trate de procesos que hayan podido acumularse o agruparse, es decir, respecto de los cuáles teóricamente sea procedente la unificación de penas, de acuerdo con el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales.

28 de noviembre de 2023