Crédito al consumo

Cláusula contractual se considera abusiva cuando causa un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes contratantes en detrimento del consumidor.

Si el elemento abusivo de la cláusula puede separarse del resto de la misma, su supresión puede bastar para restablecer el equilibrio real entre las partes del contrato. En tal caso, el contrato puede subsistir y el consumidor puede elegir cualquier forma de pago de entre las admisibles en virtud del Derecho nacional.

1 de diciembre de 2023

Jueces deben evaluar la proporcionalidad de las cláusulas de aceleración pactadas en los créditos de consumo garantizados con hipoteca de la vivienda familiar del deudor, resuelve el TJUE.

20 de noviembre de 2023
El juez debe tener en cuenta las consecuencias que generan el desahucio del consumidor y de su familia de la vivienda que es su residencia principal. En efecto, en el Derecho de la Unión, el derecho a la vivienda es un derecho fundamental garantizado por el artículo 7 de la Carta que el juez nacional debe tomar en consideración al aplicar la Directiva 93/13.