Al concluir el tribunal que la aplicación del artículo 74 del Código Penal en la determinación de la pena es más beneficioso para el sentenciado, no ha incurrido en un error de derecho con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, ya que ha individualizado las sanciones aplicables al caso mediante la única operación pertinente, en consideración a la imposibilidad de resolver conforme al artículo 351 del Código Procesal Penal.
31 de julio de 2023