Diligencias autónomas

PDI realizó diligencias investigativas previa autorización telefónica de la Fiscal Adjunto, por lo que no vulneró garantías constitucionales del imputado.

A diferencia de lo declarado en la sentencia impugnada, la PDI no ha incurrido en ilegalidad al practicar diligencias investigativas respecto del amparado, pues las mismas fueron efectuadas previa autorización de Fiscal a cargo de la investigación, en los términos previstos en los artículos 180 y 194 del Código Procesal Penal.

4 de diciembre de 2023