Estado de necesidad

Contagio de enfermedad de transmisión sexual durante el matrimonio no opera como causal de divorcio si ambos cónyuges se han contagiado, resuelve un tribunal peruano.

Es evidente la falta de interés para obrar que tiene la demandante, por cuanto el estado de necesidad que eventualmente puede invocar no es concreto ni es actual, pues ya no existe peligro alguno para ninguno de los cónyuges, por la misma razón que tal contagio ya se ha consumado para ambos. La situación que eventualmente permitiría invocar como causal no se adecúa a la finalidad de la norma.

8 de febrero de 2024

Condena contra activistas de Greenpeace que ingresaron sin autorización a una central nuclear para alertar sobre la escasa seguridad del recinto, se confirma.

19 de octubre de 2022
El estado de necesidad solo puede invocarse si, por un lado, el peligro es presente o inminente, es decir, real, cierto y en curso de ejecución o es probable que se lleve a cabo en un futuro inmediato amenazando directamente a la persona que realizó el acto ilícito, y por otro lado, este acto era la única forma de evitarlo.