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Corte de Casación de Francia.

Condena contra activistas de Greenpeace que ingresaron sin autorización a una central nuclear para alertar sobre la escasa seguridad del recinto, se confirma.

El estado de necesidad solo puede invocarse si, por un lado, el peligro es presente o inminente, es decir, real, cierto y en curso de ejecución o es probable que se lleve a cabo en un futuro inmediato amenazando directamente a la persona que realizó el acto ilícito, y por otro lado, este acto era la única forma de evitarlo.

19 de octubre de 2022

La Corte de Casación de Francia desestimó el recurso deducido por un grupo de activistas de Greenpeace que fueron condenados por irrumpir sin autorización en una central nuclear.

Los recurrentes fueron detenidos tras allanar la instalación. Justificaron su actuar aduciendo que buscaban alertar a la opinión pública sobre el peligro que representan las piscinas con material radioactivo, que están en riesgo de sufrir un ataque terrorista pues su acto demostró que no están bien custodiadas.

Fueron condenados en primera instancia, por lo que recurrieron la decisión ante el tribunal de apelación.

Alegaron que “(…) una persona no es penalmente responsable si realiza un acto necesario para salvaguardar la vida y propiedad frente a un peligro actual o inminente que los amenace, a menos que haya una desproporción entre los medios utilizados y la gravedad de la amenaza”.

Agregaron que “(…) si ocurre un evento, ya no existe la opción de realizar un acto necesario para salvaguardar estos intereses. Al no adoptarse las medidas de seguridad necesarias el peligro se califica como real y no como peligro posible. Por ello el estado de necesidad legitima la irrupción”.

El tribunal ad quem desestimó el recurso de apelación y confirmó el fallo condenatorio. Contra este fallo adverso dedujeron recurso de casación.

En su análisis de fondo, la Corte señala que, en virtud del artículo 122.7 del Código Penal, solo puede invocarse “(…) útilmente el estado de necesidad si, por un lado, el peligro es presente o inminente, es decir, real, cierto y en curso de ejecución o es probable que se lleve a cabo en un futuro inmediato amenazando directamente a la persona que realizó el acto ilícito, y por otro lado, este acto era la única forma de evitarlo”.

Comprueba que los condenados “(…) ​​habían actuado para denunciar la falta de protección de las piscinas de la central nuclear -utilizadas para enfriar el combustible gastado que aún es radiactivo-, particularmente en caso de ataque terrorista contra la instalación. Esto no representaba un peligro real o inminente que los amenazara directamente, sino la expresión de un miedo ante un riesgo potencial, incluso hipotético”

Agrega que “(…) un peligro futuro que no pueda prevenirse con ninguna medida actual no puede ser considerado un peligro actual o inminente en el sentido del artículo 122-7 del Código Penal. Además, el delito cometido no era, en sí mismo, capaz de remediar el peligro denunciado”.

En definitiva, la Corte concluye que “(…) Greenpeace planeó con antelación el allanamiento e incluso invitó a periodistas durante la comisión del hecho para obtener cobertura mediática. Los condenados acompañaron a los periodistas en automóvil por la noche y les explicaron el curso de acción y el propósito de la irrupción, antes de solicitarles apagar las luces para proceder con cautela».

En mérito de lo expuesto, la Corte resolvió desestimar el recurso y confirmar el fallo recurrido. Asimismo, ordenó a Greenpeace y a sus miembros condenados pagar conjuntamente 2.500 euros.

 

Vea sentencia Corte de Casación de Francia Nº743.2021.

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