Interdictos posesorios

Querella de amparo es improcedente si no se acredita que el denunciado hubiere despojado o turbado la posesión al actor.

El querellante acusó la “amenaza” de perturbación de su tranquila posesión respecto de un inmueble perteneciente a la comunidad de herederos que integra, ubicado en la comuna de Curacautín, no obstante, no pudo acreditar ninguna perturbación efectiva del denunciado respecto de su dominio, ni de actos que lo despojaran de la posesión del predio.

12 de noviembre de 2023