Municipalidad de Sagrada Familia

Norma del Código del Trabajo que establece que las partes podrán concurrir a las audiencias por intermedio de mandatario el que se entenderá de pleno derecho facultado para transigir, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La Municipalidad de Sagrada familia alega que el letrado que concurrió a la audiencia y transigió carecía de facultades porque de acuerdo al artículo 65 letras i) y j) de la Ley 18.695 el alcalde requerirá para ello del acuerdo del concejo municipal, por lo que se infringe la supremacía constitucional, el principio de juridicidad y de especialidad

10 de noviembre de 2023