Principio de la primacía de la realidad

Normas que hacen aplicable el Código Laboral a trabajadores sujetos a un estatuto especial y que supeditan su despido al pago de las cotizaciones previsionales, no producen resultados contrarios a la Constitución.

Resulta inconducente pronunciarse acerca de la constitucionalidad de la nulidad del despido, al haber sido desechada por el juez sin que haya sido impugnada la decisión. La preceptiva impugnada no recibió aplicación en la gestión pendiente ni recibirá aplicación futura, lo que permite descartar que se produzca el supuesto efecto inconstitucional denunciado.

23 de abril de 2023