El tribunal de primer grado requirió a la receptora judicial informe que indique la fecha de notificación de la sentencia definitiva a las partes, previo a proveer el recurso de apelación deducido por el actor, el que aquella presentó luego de 10 meses, por lo que no puede acusarse inactividad del actor para fundar el abandono del procedimiento.
8 de mayo de 2023