Servidumbre minera

En fallo dividido.

CS rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que acogió demanda y declaró constituida la servidumbre minera de ocupación y tránsito en predio de Ovalle.

El máximo Tribunal estableció que no existe infracción de ley en la resolución recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que acogió la demanda y reguló la indemnización en 5 UF por hectárea de terreno afectado por cada año que se extienda la servidumbre.

16 de marzo de 2021