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Comercio ilegal y producción y venta de artículos y libros falsificados

Si la asociación ha tenido por objeto la cometer crímenes, los jefes, los que hubieren ejercido mando en ella y sus provocadores, tendrán la pena de presidio mayor en cualquiera de sus grados (cinco años y un día a veinte años).

¿A qué delitos se aplica la ley?

Se aplica a delitos referentes al comercio ilegal y la propiedad intelectual contenidos en diversos cuerpos legales.

Se incluyen vulneraciones a:

Ley de Propiedad Intelectual: Falsificaciones de obras o lo que se conoce como piratería.

Delitos de la Ley de Fomento del Libro y la Lectura: Producción, venta y distribución de “libros piratas”.

Delitos del Código Penal: la comercialización de especies hurtadas, robadas, animales robados u objetos apropiados ilegalmente.

Ley de Propiedad Industrial: Uso malicioso de marca registrada (venta de artículos de marca falsificados usando marca que no le pertenece).

Código Tributario: las que sancionan el comercio de especies, mercaderías o valores sin que se hayan cumplido las exigencias legales relativas a la declaración y pago de los impuestos y el ejercicio del comercio o la industria clandestinos.

¿Qué establece la ley respecto a las bandas delictuales que se dedican a cometer estos ilícitos?

Quienes se asocien para cometer alguno de los delitos que menciona la ley serán sancionados conforme a las normas del Código Penal, que castigan a las asociaciones ilícitas.

Esto significa que si la asociación ha tenido por objeto la cometer crímenes, los jefes, los que hubieren ejercido mando en ella y sus provocadores, tendrán la pena de presidio mayor en cualquiera de sus grados (cinco años y un día a veinte años).

¿Qué pasa con los otros participantes de la asociación ilícita?

Los otros participantes de la banda y los que, a sabiendas y voluntariamente, le hubieren suministrado medios e instrumentos para cometer los crímenes o simples delitos, alojamiento, escondite o lugar de reunión, serán castigados con penas de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años) si la banda cometía crímenes, y de presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) si la asociación ilícita cometía simples delitos.

¿Qué sanción se establece para el comercio ambulante en calzadas y bermas o el comercio estacionado sin permiso municipal?

Será sancionado con multa de media unidad tributaria mensual a 2 unidades tributarias mensuales. La reincidencia será sancionada con multa de 2 a 4 unidades tributarias mensuales.

La mercadería será decomisada. los elementos perecibles (como algunos alimentos) serán distribuidos entre los establecimientos de caridad o asistencia de la comuna respectiva, según lo establezcan las ordenanzas municipales correspondientes. Los demás elementos serán destruidos según lo dispongan las mismas ordenanzas.

¿Qué herramientas de fiscalización se otorgan?

Los fiscales del Ministerio Público pueden pedir autorización al Juzgado de Garantía para usar la técnica de la entrega vigilada. Esto significa el control policial secreto de los traslados, almacenamientos, entrada y salida del país de los productos para así identificar a las personas que participen de los delitos.

Los funcionarios del SII podrán fiscalizar como ministros de fe, de acuerdo con el Código Tributario. Esa facultad les permite verificar el cumplimiento de la normativa vigente respecto de quienes ejercen el comercio, sea ambulante o establecido. podrán requerir la exhibición de los permisos municipales o sanitarios respectivos, así como los documentos que acrediten el origen de las especies que comercializan.

¿Qué medida deben adoptar los municipios respecto del comercio ambulante?

Las municipalidades deberán establecer en sus respectivas ordenanzas los lugares donde se podrá ejercer el comercio ambulante, las que deberán contener, a lo menos, un Sistema Único de Identificación Personal, con registro fotográfico de la persona autorizada para ejercer dicho comercio.