www.difucionnorte.com
Procedimiento constitucional.

Juicio Político

tiene por objeto hacer efectivo el principio de responsabilidad de los altos funcionarios públicos.

Procedimiento constitucional, que tiene por objeto hacer efectivo el principio de responsabilidad de los altos funcionarios públicos, por haber incurrido éstos en algunos de los delitos contemplados en la Constitución Política de República.

A través de un juicio político es posible juzgar al presidente de un país, al vicepresidente, a los ministros y a los propios magistrados por un delito o por el mal desempeño de sus funciones. Lo habitual es que la sentencia se limite a ordenar la destitución del enjuiciado: si existe una responsabilidad civil o penal, es juzgada posteriormente por un tribunal ordinario.

Los alcances y los límites de los juicios políticos dependen de cada país. Las propiedades y características de estos procesos son definidas por la Constitución.

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *