SII
Órgano de la administración del Estado.

Servicio de Impuestos Internos

Es un órgano de la administración del Estado que permite recibir el dinero de los contribuyentes.

– ¿QUÉ ES?:

Órgano de la administración del Estado que se preocupa de la fiscalización de los tributos internos de nuestro país. El origen del Servicio de Impuestos Internos se remonta al 18 de enero de 1902, bajo la presidencia de don Germán Riesco, con la publicación de la ley N° 1.515, la cual junto con establecer un impuesto sobre la producción de alcoholes, dispuso la creación del servicio público que se encargaría de la fiscalización del nuevo tributo, la «Administración de los Impuestos sobre Alcoholes».

– FUNCIONES:

El S.I.I. en nuestro país tiene la responsabilidad de aplicar y supervisar los impuestos internos establecidos por la ley. Esto incluye interpretar las reglas tributarias, establecer normas, dar instrucciones y dictar órdenes para asegurar que los impuestos se apliquen correctamente.

– MISIÓN:

«El Servicio de Impuestos Internos es responsable de aplicar y administrar el sistema de impuestos internos, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y de facilitar dicho cumplimiento»

– ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN:

Se encuentra integrado por un Director Nacional y su gabinete, quienes establecen las directrices del funcionamiento del Servicio; el jefe de gabinete, se preocupa de coordinar y liderar las distintas divisiones que dan vida a la administración general. Luego del Director Regional vienen las Subdirecciones, departamentos y direcciones regionales, las cuales existe una en cada región y en la Región Metropolitana.

– ¿QUÉ TIPO DE IMPUESTOS EXISTEN?:

En Chile existen dos tipos de impuestos, los extranjeros o aduaneros y los internos, siendo estos últimos sobre los que el servicio tiene competencia. Poseen facultades de fiscalización y cobro en caso de incumplimiento y someten su revisión a su propia administración y a la jurisdicción de los tribunales tributarios y aduaneros o penales según corresponda.

Se excluye de las facultades del Servicio la determinación de los tributos, los cuales solo se reservan y establecen por la ley, sin embargo el Servicio en coordinación con la Tesorería General de la República tienen la facultad de poder realizar reducción y extensión en el pago de intereses e impuestos cuando proceda.

– ¿QUÉ TIPO DE ÓRGANO ES EL SII?:

El Servicio de Impuestos Internos es un órgano de la administración del estado indispensable para el funcionamiento del país, permitiendo al Estado recibir el dinero de los contribuyentes para el cumplimiento de las políticas públicas y administración del país.

– ENTONCES, ¿QUIÉN EFECTÚA LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY TRIBUTARIA?:

Servicio de Impuestos Internos.