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Ley 20.066

Violencia Intrafamiliar

Todo maltrato que afecte a la vida o la integridad física o psíquica de la víctima establecida en la ley.

– ¿QUÉ ES?:

La violencia familiar abarca todas las relaciones, incluidos hijos, cónyuges, padres, con consecuencias físicas y psicológicas.

– ¿CUÁLES SON LAS GARANTÍAS?:

La ley crea el delito de maltrato habitual, que es la violencia constante física, psicológica o económica. También aumenta las penas por lesiones, brinda protección a denunciantes, y establece medidas restrictivas para el agresor.

– ¿QUÉ ORGANISMOS JUDICIALES ESTÁN INVOLUCRADOS?:

Los Tribunales de Familia y el Ministerio Público (Fiscalía).

¿EXISTE ALGÚN REGISTRO DE LAS PERSONAS QUE HAYAN SIDO CONDENADAS POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR?: 

Sí, El Registro Civil e Identificación tiene la obligación de llevar un registro especial de las personas condenadas como autoras de violencia intrafamiliar, así como de las demás resoluciones que la ley ordene transcribir.

¿QUÉ ES EL DELITO DE MALTRATO HABITUAL? :

El ejercicio habitual de violencia física, síquica o económica respecto de las personas protegidas por la ley de violencia intrafamiliar. El requisito determinante de este delito es que los actos de violencia intrafamiliar sean habituales.

– ¿DÓNDE DEBO ACUDIR?:

Al Juzgado de Familia, a Carabineros de Chile o a la Policía de Investigaciones, que tienen la obligación de acoger la denuncia y orientar a la víctima en la posterior tramitación legal. En casos calificados, el Sernameg puede asumir el patrocinio y representación de la mujer víctima de delitos de violencia intrafamiliar, siempre que sea mayor de edad y así lo requiera.

– SI QUIERO DENUNCIA UN CASO DE VIF ¿TAMBIÉN DEBO RECURRIR A CARABINEROS E INVESTIGACIONES?:

Sí, ellos remitirán la denuncia al Juzgado de Familia, pero además se puede recurrir directamente a éste. Luego, a través de la interposición de la denuncia o la demanda, se da inicio al juicio por violencia intrafamiliar. Los casos serán vistos por los Tribunales de Familia y si éstos consideran que se configura el delito de maltrato habitual, remitirán los antecedentes al Ministerio Público.

– ¿HAY ALGÚN NÚMERO DE TELÉFONO AL QUE SE PUEDA LLAMAR EN CASO DE VIF?:

Fono familia de Carabineros de Chile: 149.