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Si la cuenta personal de Instagram no es privada, la persona no es titular de una expectativa legítima de privacidad del contenido publicado, resuelve Corte de Valparaíso.

6 de noviembre de 2023

La utilización de las mismas en programas de investigación periodístico no amenaza, priva ni perturba las garantías del derecho a la vida privada, a la honra ni a la propiedad sobre su imagen.

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