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Para estimular la inversión.

Ejecutivo propone establece incentivos especiales para las zonas extremas del país.

La Carta Fundamental garantiza la no discriminación arbitraria en el trato que debe dar el Estado y sus organismos en materia económica, pero autoriza –en los términos que lo regula el artículo 19 N° 22– otorgar determinados beneficios directos o indirectos en favor de alguna zona geográfica. El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone […]

5 de noviembre de 2011

La Carta Fundamental garantiza la no discriminación arbitraria en el trato que debe dar el Estado y sus organismos en materia económica, pero autoriza –en los términos que lo regula el artículo 19 N° 22– otorgar determinados beneficios directos o indirectos en favor de alguna zona geográfica.

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que los gobiernos se han abocado “adoptar medidas tendientes a impulsar el desarrollo de zonas que, por su lejanía con el centro del país, han visto demorado su desarrollo”. Es por ello que “una herramienta efectiva de estímulo” es la “económica”, sea mediante “franquicias tributarias que incentiven el desarrollo de inversiones” en dichas zonas o vía “pago de bonificaciones que cumplan el mismo fin”.

Observa luego que “la vigencia de las leyes de incentivo a las zonas extremas se han venido prorrogando ya sea mediante modificaciones a las mismas leyes para extender acotada y limitadamente su vigencia, o bien a través de la Ley de Presupuestos respecto de cada año”. En virtud de lo anterior, la iniciativa pretende “un perfeccionamiento y ampliación de las medidas de estímulo” y dar “un marco de mayor estabilidad para los instrumentos” de bonificación a la mano de obra, prevista en la ley Nº 19.853, bonificación a las inversiones del D.F.L. N° 15, de 1980, del Ministerio de Hacienda, Crédito tributario para las inversiones en zonas extremas, Leyes N° 19.606 y N° 19.420.

A los fines expuestos, propone introducir enmiendas a los precitados cuerpos legales, como el integrar a la XV Región de Arica-Parinacota como acreedora de la bonificación a la contratación de mano de obra en la Ley N°19.853, garantizando asimismo que el beneficio opere en las regiones que ya fijaba, hasta el año 2025, entre otras modificaciones que el proyecto de ley consulta.

 

Vea texto íntegro del mensaje.

 

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