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Protección.

Proponen otorgar carácter de dato personal a rol único nacional y rol único tributario.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

1 de febrero de 2016

La moción del diputado Rivas expone que desde el año 2014 a la fecha, varios ciudadanos han recurrido de protección a la Corte de Apelaciones ante la evidente vulneración de su derecho a la privacidad y, subyacente a ello, frente al indudable peligro que conlleva la publicación, a libre disposición del público general, de nuestros nombres y números de RUN y RUT en la página Internet “24×7.cl” sin su autorización.

Observa luego que contrario a lo que el sentido común podría suponer, todos los recursos interpuestos por los ciudadanos afectados han sido rechazados por la Corte de Apelaciones, argumentando básicamente que las personas que explotan dicho sitio web obtuvieron la información de una fuente de acceso público, esto a partir de un error cometido por el Servicio Electoral en el mes de septiembre del año 2013, quienes publicaron en el sitio web “servelqa.cloudapp.net” documentos en formato Portable Document Format (PDF) y en los cuales no sólo se consignó el número de RUN de las personas habilitadas para votar, sino también su nombre completo, sexo, sus domicilios, circunscripción y mesa en la cual sufragarían.

Al efecto, el autor de la iniciativa recuerda que la Excma. Corte Suprema, en sentencia dictada el 3 de junio del año 2015, en un fallo que a su juicio es totalmente contradictorio con las medidas que el propio Poder Judicial ha adoptado internamente para proteger la privacidad de los ciudadanos al eliminar la posibilidad de buscar sus causas con RUT, expone que “con el objetivo de resguardar la vida privada de quienes son parte de procesos que se tramitan en tribunales de todo Chile”, confirman la sentencia de la Corte de Apelaciones, es decir, dejando a firme el desamparo de millones de chilenas, chilenos y extranjeros que viven en nuestro país.

En ese sentido, se arguye que el hecho que de nuestra legislación permita que nuestros RUN y RUT sigan divulgándose indiscriminada y arbitrariamente sólo por el hecho de que aquellos datos fueron recolectados de fuentes de libre acceso al público no debe ni puede seguir tolerándose, como tampoco que quienes están detrás de estas acciones queden impunes ante lo que, a mi juicio, es un evidente atropello a un derecho fundamental.

Por las razones expuestas y con el objeto corregir esta situación, como asimismo, cerrar la puerta a los eventuales ilícitos que pudieran cometer terceros en contra de los titulares, más considerando que el RUT y el RUN son datos personales imprescindibles para realizar un sinnúmero de actos ante instituciones y organismos públicos y privados y, por tanto, susceptibles de ser suplantados o ser víctimas de estafas, el proyecto de ley propone modificar la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada, otorgando el carácter de dato personal al rol único nacional y al rol único tributario.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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