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Voto chileno en el extranjero.

Servel entrega a la Cancillería 112 libros de actas para las Juntas Electorales en el extranjero.

En estos libros se deberán registrar los acuerdos que vayan adoptando sus miembros durante el proceso de las Elecciones Primarias Presidenciales 2017.

11 de mayo de 2017

A raíz de la implementación del voto de chilenos que viven fuera del país, el director del Servicio Electoral (Servel), Raúl García Aspillaga, hizo entrega al director general de Asuntos Consulares y de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, Embajador Carlos Appelgren Balbontín, de 112 libros de protocolo y timbres correspondientes a igual cantidad de Juntas Electorales en los distintos consulados alrededor del mundo,  en los cuales se deben registrar los acuerdos que vayan adoptando sus miembros durante el desarrollo de estas elecciones.
García señaló que “con este acto estamos formalizando la implementación de las Juntas Electorales fuera del país para estas Primarias Presidenciales, con las que nuestros compatriotas inician su participación en las elecciones nacionales desde el exterior”.
Asimsimo, valoró el interés que ha tenido la ampliación del derecho a sufragio a quienes residen en el extranjero entre las distintas comunidades de chilenos.
Por su parte, Appelgren remarcó que “esto nos permitirá que los connacionales, por primera vez en nuestra historia, ejerzan su derecho a voto desde el extranjero. Es un hito para nuestra democracia”.
Cabe señalar, según cifras al Servel, que en las últimas semanas el Servicio Electoral registro más de 21 mil solicitudes de cambio de domicilio y alrededor de 700 nuevas incorporaciones al Registro Electoral.
El artículo 201, de la Ley 18.700, establece que cada Junta Electoral en el extranjero será presidida por el cónsul e integrada, además, por otro funcionario del Servicio Exterior, o en caso de no haberlo, por un funcionario de las plantas de secretaría y administración general del Ministerio de Relaciones Exteriores, o por un empleado chileno del consulado, designado por el presidente de la junta, en el que recaerá la función de secretario.
De acuerdo al Servel, en caso de existir más de una junta electoral en el territorio del respectivo consulado, las otras juntas electorales serán presididas por otro funcionario del servicio exterior, las que desarrollarán sus sesiones en las sedes de los respectivos consulados y sus miembros estarán obligados a asistir.
El Servicio agrega que el 13 de mayo el director del Servel determinará las Mesas Receptoras de Sufragios que se fusionarán, tanto en Chile como en el Extranjero. Además, el Servicio Electoral comunicará al cónsul respectivo, a través de la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración, la lista de locales de votación. Y a partir del 18 de mayo cada Junta Electoral, tanto en Chile como en el extranjero, inicia la selección de vocales.
Finalmente, explica que podrán ejercer su derecho a sufragio en el extranjero quienes se encuentren con sus datos electorales actualizados al 3 de mayo, los que conformarán el Padrón Electoral en el extranjero, distinto al que incluye a todos los que votan dentro del país.

 

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