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En fallo unánime.

Corte de Temuco acogió protección presentado por Gendarmería en favor de internos que se encuentran en prisión preventiva en Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad donde mantienen una huelga de hambre.

El Tribunal de alzada facultó a Gendarmería a tomar las medidas que permitan restablecer el imperio del derecho, proteger la salud e integridad física de los internos en huelga de hambre, a fin de no vulnerar su derecho a la vida.

29 de noviembre de 2017

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de protección presentado por Gendarmería en favor de internos que se encuentran en prisión preventiva en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad, recinto donde mantienen una huelga de hambre voluntaria, para que en caso de urgencia sean trasladados a un centro hospitalario.
La Corte acogió la solicitud y facultó a Gendarmería a tomar las medidas que permitan restablecer el imperio del derecho, proteger la salud e integridad física de los internos en huelga de hambre, a fin de no vulnerar su derecho a la vida.
Explícitamente la sentencia deja consignado que "se autoriza a Gendarmería de Chile para que adopte las medidas conducentes para internar en caso de urgencia a los huelguistas en un centro hospitalario, a objeto de que se les brinde una total y completa atención médica en el resguardo de su salud hasta su completo restablecimiento, sin perjuicio en caso de estabilización que se traslade posteriormente, previa evaluación médica, al Hospital Intercultural de Nueva Imperial. Quedando a salvo además facultades que le confiere a ese Servicio su Ley Orgánica y Reglamento respectivo, respecto a la alimentación de los mismos, de manera de asegurarles su vida e integridad física".

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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