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En segundo trámite.

Creación de un Mecanismo de Prevención contra la Tortura: Comisión de DD.HH del Senado analiza informes que deberá despachar este organismo.

La norma apela a los protocolos de visitas que deberá realizar el denominado Mecanismo, que en el caso de nuestro país, estará alojado en un Comité de Expertos al interior del IDH.

3 de septiembre de 2018

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado comenzó la votación de indicaciones al proyecto que designa al Instituto Nacional de Derechos Humanos (IDH) como el Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura (MNPT) y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
La norma en segundo trámite ya fue visada por la Sala del Senado, por eso los legisladores iniciaron la revisión de las mejoras realizadas al texto aprobado en la Cámara Baja.
En ese contexto, en la última sesión, el debate se centró en los informes que deberá emitir el MNPT, considerando los quorum y la naturaleza imparcial de sus conclusiones.

APREMIOS ILEGÍTIMOS

La presidenta de la Comisión, la senadora Muñoz comentó que “hemos tenido un debate intenso sobre el lugar donde se tortura, en particular, su definición. Hablamos del sitio donde se realizan apremios físicos graves o gravísimos ilegales. Creemos en esa definición mientras que el Ejecutivo insiste en dejar la definición en solo apremios ilegítimos”.
Luego sostuvo que “otra diferencia se presentó respecto a los quorum que deberá alcanzar el MNPT para evacuar informes. Creemos que se pone un requisito muy alto y nos preocupa que esto se preste para politizar las denuncias que se hagan. Queremos que se emitan informes de manera expedita pero también éstos no sean sesgados. Hoy los informes del IDH se evacúan explicitando apoyo de la minoría o mayoría”.
En este mismo ámbito, el senador Latorre explicó que “el MNPT es de prevención. El IDH tiene la facultad de querellarse por tortura pero el mecanismo solo puede supervisar los lugares donde se practican estos apremios ilegítimos. Por eso el mecanismo solo puede elaborar informes donde recomienda al Estado generar políticas para erradicar estos casos”.
También dijo que “el debate se centró en la evacuación del informe final y los quorum asociados del MNPT. Queremos que el mecanismo tenga suficiente autonomía y no se dependa de un consejo que muchas veces está cuoteado políticamente, lo que termina por neutralizar las recomendaciones y denuncias”.

Sobre el proyecto

El proyecto, iniciado en mensaje, busca cumplir con la ratificación por parte de Chile del Protocolo Facultativo del 2008 del Convenio contra la Tortura que data de 1988. Dicho documento se refiere a los protocolos de visitas que deben seguir los Estados para evitar hechos de violencia de este tipo. Así nuestro país debe generar un MNPT que encabece dichas visitas.
Cabe señalar que en el 2009, Chile se comprometió a designar al IDH como MNPT, lo que se materializa a través de esta iniciativa de ley. Además, como el IDH cumple otras funciones, el proyecto crea un Comité de Expertos y Expertas destinados a dicha labor.

 

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