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Semenya recurre ante el Tribunal Federal Suizo la decisión del TAS que le obliga a medicarse.

La norma de la IAAF obligaba a las atletas con hiperandrogenismo a medicarse para reducir sus niveles de testosterona y así poder competir con mujeres.

5 de junio de 2019

En una reciente publiccaión del medio español Confilegal se da a conocer el artículo "Semenya recurre ante el Tribunal Federal Suizo la decisión del TAS que le obliga a medicarse".
Se sostiene que el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) resolvió hace unas semanas el famoso ‘caso Semenya’, dando validez a la normativa de la Federación Internacional de Atletismo (IAAF) por la que se limita la participación de las atletas con altos niveles de testosterona (hiperandrogenismo).
Se aclara que la norma de la IAAF obligaba a las atletas con hiperandrogenismo a medicarse para reducir sus niveles de testosterona y así poder competir con mujeres.
La atleta sudafricana Caster Semenya recurrió la normativa, pero el TAS dio la razón a la IAAF, considerando que la norma es “discriminatoria” pero “necesaria”.
Ante esta situación, Semenya ha decidido recurrir ante el Tribunal Federal Suizo. Según el TAS, la norma es “discriminatoria” pero “necesaria”
En su veredicto, el TAS desestimó los argumentos de Semenya, que deberá medicarse si quiere competir en categoría femenina.
Fundamentalmente, se explica, el Tribunal se centró en ponderar los derechos en juego. Por un lado, el derecho de cada atleta a competir y a que se respete su sexo y su género, sin ningún tipo de discriminación. Por otro lado, el derecho de las atletas femeninas, que parten en desventaja biológica frente a los hombres, a competir con otras atletas femeninas y conseguir los beneficios del éxito deportivo.
A continuación, el texto expone que tras varios meses de trabajo, el TAS dio la razón a la IAAF, considerando que en este caso debe protegerse de un modo especial el derecho de las atletas femeninas a competir en igualdad de condiciones.
Es decir, el TAS considera que la norma es “discriminatoria”, pero entiende que en este caso prima un interés superior que consiste en que todas las atletas deben competir en igualdad de condiciones.

El recurso de Semenya ante el Tribunal Federal Suizo

El texto da cuenta que tras la resolución del TAS, Semenya ha interpuesto recurso ante el Tribunal Federal Suizo. La campeona olímpica lo ha anunciado con un comunicado: “Soy una mujer y una atleta de talla mundial. La IAAF no me medicará y no me impedirá que sea quien soy”.
Así, Semenya pedirá al Tribunal Federal Suizo que anule el laudo del TAS, basando su defensa en la vulneración de los derechos humanos fundamentales.
Según Dorothee Schramm, abogada de Semenya, “la normativa de la IAAF viola los principios más fundamentales de la política pública suiza”.

¿En qué supuestos pueden recurrirse los laudos del TAS?

Luego, el texto puntualiza que al igual que las sentencias de los tribunales ordinarios, los laudos del TAStienen fuerza ejecutiva, de modo que son vinculantes para las partes desde el momento en que se comunican.
Sin embargo, se añade, aunque las resoluciones del TAS sean finales y vinculantes, en determinados casos pueden recurrirse ante el Tribunal Federal Suizo.
Concretamente, la Ley Federal Suiza del Derecho Internacional Privado establece los supuestos en que se puede recurrir un laudo del TAS (artículo 190):
Cuando existe falta de jurisdicción.
Cuando el árbitro es nombrado de forma irregular.
Cuando se violen reglas esenciales del procedimiento, como el derecho de igualdad entre las partes o el derecho de las partes a ser escuchadas.
Cuando el tribunal arbitral falla sobre pretensiones que no han sido objeto de solicitud por las partes o no resuelve sobre alguna de las pretensiones.
Cuando el laudo sea contrario al orden público.
Por último, se señala que por tanto, parece que Semenya ha recurrido el laudo del TAS por ser contrario al orden público suizo, en la medida en que vulnera sus derechos humanos fundamentales.

 

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