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Deshonra.

Juzgado Laboral de Iquique acoge demanda por vulneración de derechos de funcionaria desvinculada del SERVIU.

El Tribunal estableció que la demandada cometió actos de hostigamiento en contra de la demandante y que fue vulnerada en sus derechos a la integridad psíquica y a su honra, con ocasión de su desvinculación.

18 de octubre de 2019

El Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acogió demanda por tutela de garantías constitucionales interpuesta por profesional que fue desvinculada del Servicio Nacional de Vivienda y Urbanismo (Serviu).

La sentencia sostiene qué duda cabe que, para la trayectoria que detentaba la actora en dicho Servicio, esto es, 12 años de trabajo en forma continua; así como su experticia, reconocida por todos los testigos deponentes en juicio; la desvinculación significó un golpe psicológico brutal y una descalificación a su profesionalismo, todo lo cual implica una deshonra, evidente. En consecuencia, se tendrá por acreditado que la demandante fue hostigada y vulnerada en sus derechos a la integridad psíquica y a su honra, con ocasión de su desvinculación.

La resolución agrega que la demandante logró acreditar que, la resolución que rechaza su reposición, (evacuada con fecha 21 de diciembre de 2018), es sesgada, incompleta -ya que no se hace cargo de cada una de las observaciones realizadas por la actora- y, por sobre todo, arbitraria y antojadiza; demostrando con ello, lo tendencioso de la resolución que termina por desvincular a la demandante. Asimismo, logró acreditar que la demandada, a través de la junta calificadora, a la fecha del término del juicio, no se había pronunciado respecto de sus descargos realizados en cuanto a la disconformidad con respecto a su precalificación.

Por lo que se acoge la denuncia de Tutela de Garantías Constitucionales, impetrada por la demandante en contra de SERVIU Región de Tarapacá. En consecuencia, se declara que la demandada cometió actos de hostigamiento en contra de la demandante y lesionó los derechos fundamentales de la actora, por lo que la denunciada deberá pagar a la actora un monto de $20.545.987 por concepto de 11 remuneraciones.

Además, como medida reparatoria ordenó a la demandada realizar un comunicado público disculpándose por la deshonrosa desvinculación cometida en contra de la actora. Dicho comunicado deberá ser efectuado por escrito, por su ex jefatura directa, don José Manuel Tello Flores o por quien ocupe su cargo a la fecha de encontrarse ejecutoriado el fallo, debiendo ser expuesta en un lugar visible, en las instalaciones del Servicio, por a lo menos un mes.

 

 Vea texto íntegro de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique ROL T- 39-2019

 

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